ICIO (Impuesto sobre obras)
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Impuesto municipal que grava cualquier construcción, instalación u obra para la que haga falta licencia municipal o presentación de declaración responsable, aunque no se llegue a pedir la licencia. La cuota sale de aplicar un tipo (%) sobre el coste real y efectivo de la obra. Es un tributo puntual (no recurrente cada año como el IBI): solo se paga cuando se hace una obra.
ImpuestoQuién lo decide y por qué varía tanto
El ayuntamiento aprueba el tipo (%) que se aplica sobre el coste real y efectivo de la obra. A diferencia del IBI, aquí no hay ningún valor de referencia fijado por otra administración: el propio coste de la obra (declarado o comprobado) es la base sobre la que se calcula.
Sus límites, sin esconderlos
- Es un tributo puntual, no recurrente: solo se paga cuando se hace una obra con licencia o declaración responsable. El tipo (%) que se publica no es 'lo que paga cada vecino cada año' — es lo que pagaría quien haga una obra ese año.
- Se publica el tipo base, sin las bonificaciones que muchas ordenanzas prevén (accesibilidad, instalación de energías renovables...) y que pueden reducirlo.
Evolución en Catalunya, 2015–2025
Media no ponderada entre los municipios con dato disponible cada año — no todos lo tienen todos los años.
Verlo municipio por municipio →
Ver la cobertura completa de este tributo →
El comparador de municipios todavía no está construido — llegará en una fase posterior.