Els Rebuts

IBI

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Impuesto municipal directo y obligatorio que grava la propiedad de un inmueble (vivienda, local, terreno...) según su valor catastral. Lo paga quien sea propietario a 1 de enero de cada año, se devengue o no el bien. El tipo (%) lo aprueba cada ayuntamiento dentro de un margen legal; la cuota resulta de aplicarlo al valor catastral. Es el tributo local con más recaudación para la mayoría de municipios.

Impuesto

Quién lo decide y por qué varía tanto

El ayuntamiento aprueba cada año el tipo (%) dentro de un margen legal (mínimo y máximo marcados por la ley estatal, distintos si el municipio es capital de provincia o no). Pero el tipo es solo media ecuación: la cuota final sale de multiplicarlo por el valor catastral, y el valor catastral no lo fija el ayuntamiento — lo fija la Gerencia del Catastro (Ministerio de Hacienda), con su propia revisión periódica, en un año que no coincide necesariamente con ninguna decisión municipal.

Sus límites, sin esconderlos

Evolución en Catalunya, 2015–2025

Media no ponderada entre los municipios con dato disponible cada año — no todos lo tienen todos los años.

Recibo medio en Catalunya, 2015–2025

Media no ponderada de la cuota íntegra declarada, entre los municipios con dato cada año — lo que realmente se paga, no el tipo.

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El comparador de municipios todavía no está construido — llegará en una fase posterior.